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DECLARACION INFORMATIVA DE SITUACION FISCAL: OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO:
 
A partir de 2014 el Código Fiscal de la Federación estableció la nueva obligación de presentar una declaración informativa sobre la situación fiscal del contribuyente de manera anual a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate para los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los supuestos del artículo 32-H; dicha declaración se presentará a través del Sistema de Presentación de la Declaración Informativa sobre su Situación Fiscal (DISIF 32-H), que se encuentra disponible en la página electrónica del SAT.
Respecto a las operaciones de las personas morales que realicen operaciones con residentes en el extranjero cumplirán presentando únicamente la información contenida en los apartados contenidos en el DISIF que a continuación se indican, solo los que les sean aplicables.
  • Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero
  • Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero
  • Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales
  • Operaciones con partes relacionadas
  • Información sobre sus operaciones con partes relacionadas
  • Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero
Si los contribuyentes se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 32-A del CFF, y optan por dictaminar sus estados financieros, estarán relevados de presentar la DISIF.
En la Pagina del SAT da a conocer las preguntas mas frecuentes respecto a este tema, por si deseas consultarlas.
Fuente: paf

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